DISPOSITIVA.-
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA, redimida la pena al ciudadano LUÍS MIGUEL CAMACHO SOJO, identificado con cédula de identidad Nº 13.223.576, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, nacido el 19-08-1972, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Chuspa, calle el Jobo, casa sin número, Parroquia Caruao, estado Vargas, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 y 496, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES Y CATORCE (14) DIAS, en relación con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuel.....