La Corte declaró CON LUGAR el recurso de apelación ejercido contra la sentencia que declaró sin lugar que querella interpuesta; ANULA la decisión apelada y, asimismo, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial. En consecuencia, se declara la NULIDAD del acto administrativo de remoción, así como la NULIDAD del acto administrativo de retiro. Se ORDENA la reincorporación de la querellante al cargo que desempeñaba de Tutor Facilitador o a otro de igual o similar jerarquía para el cual cumpla con los requisitos; se ORDENA el pago de los sueldos dejados de percibir desde su ilegal retiro hasta la efectiva reincorporación al cargo, los cuales serán pagados de manera integral, esto es con las variaciones que en el tiempo transcurrido haya experimentado el sueldo asignado; que se le RECONOZCA el tiempo transcurrido en el presente juicio a los fines de la jubilación. Se ORDENA a la Administración proceder a revisar los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley del Estatuto .....