La Corte declaró INADMISIBLE el recurso de hecho contra el auto dictado el 10 de diciembre de 2003, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante el cual negó la apelación ejercida por el referido abogado, contra el auto dictado el 15 de septiembre de 2003 por el mencionado Juzgado, en el que declaró la perención de la instancia.