La Corte declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que declaró sin lugar la querella funcionarial; ANULA la sentencia apelada y, asimismo, declara CON LUGAR la querella interpuesta. En consecuencia, se ORDENA la reincorporación del querellante en el cargo que desempeñaba en el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE), o en otro cargo de igual jerarquía y remuneración, con el pago de los sueldos dejados de percibir, con los incrementos producidos, desde el ilegal retiro hasta su efectiva reincorporación; y el pago de los demás beneficios dejados de percibir, que no requieran la prestación efectiva del servicio; la práctica de una experticia complementaria del fallo, a tenor de lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil. VOTO SALVADO de la JUEZ NEGUYEN TORRES LÓPEZ. 01