Se dictó y publicó decisión mediante la cual se declaró competente a la CSCA, admitió la referida demanda de nulidad y ordenó notificar, a los ciudadanos FGR, PGR, Presidente del Banco Central de Venezuela, Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas y Presidente de CADIVI; igualmente, se ordenó remitir el expediente a la CSCA, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio de conformidad con el artículo 82 de la LOJCA.-