Único: Se decreta el sobreseimiento de la presente causa seguida al imputado JESÚS BELTRÁN SALCEDO SANTIAGO, venezolano, natural de Barinitas, mayor de edad, de 38 años de edad, nacido en fecha 10/03/1970, soltero, ocupación u oficio Obrero de la Agricultura, titular de la cédula de identidad N°. V-13.391.746, hijo de Benedina Santiago y Hugolino Salcedo Rondon (f), residenciado en: Pueblo Llano, Sector La Vega, calle Sucre, casa de la familia Salcedo, punto de referencia cerca de la Palaza Bolívar o de la Bodega Albarran, de conformidad con lo previsto en los artículos 48.7 y 318 .3 del Código Orgánico Procesal Penal. Por ende, se declara terminado el presente procedimiento. Así se decide con base en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 45, 48.7 y 318.3 Código Orgánico Procesal Penal. Las partes fueron notificadas debidamente en la audiencia