Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público
y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y adolescente por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección del niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos RICHARD VELASQUEZ Y DUBRASKA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad N° 11.968.7234 y 14.422.188, respectivamente, domiciliados en Urbanización Guayacán de Las Flores, sector I, Vereda 53 N° 12 y Avenida Circunvalación Sur, La Lagunita, calle Principal N° 18, del Municipio Bermúdez del Estado Sucre. De conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Org.....