Este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ISAIR MARÍN RAMÍREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.798, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano JUAN CARLOS ARMAS CHIRINOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.864.933, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, de fecha 09 de mayo de 2018, mediante la cual negó la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar y la medida cautelar innominada solicitadas por la parte actora; la cual se confirma con distinta motivación.- Así se decide. Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.