este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada en contra del Ciudadano WILLIAN JOSE ARAPE REYES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-27.942.898, mayor de edad, nacido en fecha 19-08-1997, 19 años de edad, Soltero, profesión u oficio Comerciante, residenciado Segundo callejón Cuba, Pantano Abajo, casa Nº 06, Municipio Miranda del estado Falcón, teléfono 0426-9616780 (hermana-Maria Gregoria Arape),. Por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal y el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 112 de la Ley para el Desarme, Control de Armas y Municiones, por lo que este Tribunal le impone las Medida Cautelar establecida en el ordin.....