Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del ciudadano TOMAS DEL VALLE ASTUDILLO, Venezolano, de 43 años de edad, natural de Caracas, sindicalista bolivariano, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad Número V-9.935.805, hijo de Ernesto Fuentes y Severina Astudillo, de residenciado en el Sector Carapita, Sector El Progreso, Callejón Río Apure, casa 54, Distrito Capital, cerca de la estación del metro de Carapita, Teléfono 0424- 265-8542, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, perjuicio del Estado Venezolano y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 d.....