Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Juzgado declaró: 1.- INADMISIBLE, la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, por el ciudadano JOSÉ SERRANO GALÁN, titular de la cédula de la C.I. N° 7.429.194, actuando como representante legal de la empresa LARATEL FARMACIA, C.A., asistido por la abogada ROSA SUÁREZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 44.856, contra la Resolución Nº GF/0/2009-0064 de fecha 09/02/2009 y el acto administrativo Nº GF/0/2008-0459, de fecha 28/10/2008, dictados por BANAVIH. 2.- SE ORDENÓ NOTIFICAR a la sociedad mercantil LARATEL FARMACIA, C.A., de la presente decisión; 3.-SE COMISIONÓ amplia y suficientemente al TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.