Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: YSMAEL JOSE ABANDO UGAS, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, 42 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.287.338, nacido en fecha 11-04-1970, de estado civil soltero, de profesión u oficio: agricultor, y residenciado Chorochoro Municipio Benítez, del Estado Sucre, y Avenida Universitaria por la invasión, cerca de la Disip, Carúpano, por encontrase presuntamente incurso en la comisión de los Delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el Articulo 43 en su Cuarto aparte y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el Articulo 39, ambos de la Ley Especial, el delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el Articulo .....