DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: Se REVOCAN las medidas cautelares,impuestas en fecha: 02-04-2001 al Ciudadano:JUAN CARLOS ZAPATA PUERTA, Colombiano, titular de la cédula de identidad V- Nro. E-98.518.735, Pasaporte número AE842508, residenciado en la Vía Morón-Coro, Farmacia Tocopero, Tocopero- Estado Falcón, relacionado con el asunto Penal, Mandamiento de Habeas Corpus, signado con números y letras IJ01-S- 2001-000208, de conformidad con lo establecido en los artículos: 244 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase. Notifiquese a las partes de la presente decisión.
ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZ CUARTA DE CONTROL
LA SECRETARIA
ABG. JENNY OVIOL
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
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