En virtud del recurso de apelación interpuesto por el Abogado DELMARO GUTIÉRREZ CARRILLO actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ISABEL EYILDA VALDERRAMA ROJAS, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar en fecha 7 de agosto de 2007, que declaró Inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la referida ciudadana contra las vías de hecho efectuada por la ciudadana CARLOTA MORENO actuando con el carácter de DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO BOLÍVAR, esta Corte dictó sentencia qe declaró: 1.-Su competencia para conocer del presente recurso, 2.-Con lugar la apelación, 3.-Revoca el fallo y 4.- Ordena al referido juzgado admita la presente acción de amparo. La presente decisión tiene Voto Salvado de la Juez Aymara Vilchez. 02