D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos ANA MARIA TERAN VARGAS y DOUGLAS GUILLERMO GIRAN MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número V-14.091.113 y V-9.838.503, respectivamente, la primera domiciliada en la calle número 02, casa número 34, Comunidad El Triunfo, municipio Páez estado Portuguesa, el segundo domiciliado en la transversal número 14, casa número 23, sector Morichal, Urbanización Prados del Sol, municipio Araure estado Portuguesa, debidamente asistidos por la abogada Francis Celeste Flores Martínez, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 251.290, de conformidad con el .....