Este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA: Otorgar LA MEDIDA DE PROTECCION Y GARANTIA DE LA INTEGRIDAD FISICA a favor del ciudadano ALEXANDER RAFAEL VENTURA, Venezolano, Soltero, de 32 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, Titular de la Cédula de Identidad Personal Nro. V- 13.027.795, Domiciliado en el Sector La Cañada, Calle José María Vargas, al final, Casa sin frisar y sin número del Municipio Miranda, Estado Falcón, y en consecuencia ordena remitir comunicación al DESTACAMENTO DE SEGURIDAD URBANA DE LA GUARDIA NACIONAL, CON SEDE EN CORO, ESTADO FALCÓN, a los Fines de que se sirva comisionar a Funcionarios adscritos a esa Dependencia Castrense para que efectúen las respectivas Labores de Patrullaje en la residencia de dicha ciudadano, en la dirección antes señalada, para garantizar el estricto cumplimiento de lo acordado. Líbrese los correspo.....