En demanda por concepto de jubilación interpuesta por el Abogado Fernando Valero, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Julieta Adelmira Rojas Maneiro, contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL DE TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV). Se dictó sentencia mediante la cual la Corte declaró: Incompetente para conocer del recurso de apelación incoado por el Abogado Fernando Valero Borras, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Julieta Adelmira Rojas Maneiro, contra la decisión dictada en fecha 08 de julio de 2004, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor Oriental; Anuló por orden público el mencionado fallo; Asimismo, se dejó constancia del voto salvado consignado por la Juez Neguyen Torres López en la presente decisión. 04