Esta Corte dictó decisión mediante el cual declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer el recurso de apelación ejercido el 7 de diciembre de 2011, por la abogada Omaira Magallanes, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 95.803, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano ARGENIS JOSÉ PÉREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.456.281, contra el fallo dictado en fecha 29 de julio de 2011, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante el cual declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA METROPOLITANA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ. 2.- DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto. 3.- FIRME la sentencia apelada. Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada de la presente decisión y remítase el expedie