Se declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Interdicción del ciudadano ERICK RAFAEL RODRIGUEZ MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.828.852, formulada por la ciudadana GERALDINE MARÍA RODRÍGUEZ MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.768.513. Así se decide. SEGUNDO: Se DECRETA la INTERDICCIÓN definitiva del ciudadano ERICK RAFAEL RODRÍGUEZ MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.828.852. Así se decide. TERCERO: De conformidad con el artículo 398 del Código Civil, se ratifica como tutora interina a la ciudadana GERALDINE MARÍA RODRÍGUEZ MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-14.768.513, en su condición de hermana del ciudadano ERICK RAFAEL RODRÍGUEZ MARCANO, pues, el nombramiento del tutor definitivo sólo puede tener lugar cuando el presente fallo que declara la interdicción haya adquirido fuerza de cosa juzgada, mas no cuando el mi.....