DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIOO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Dr. MARIO RAFAEL VASQUEZ, en su carácter de Defensor Público Sexto Penal del Estado Vargas, de los ciudadanos HENRY PRIETO PADUANIZ y YASMIN PRIETO PADUANIZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 20.603.278 Y V- 30.560.780, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14 de Enero de 2019, mediante la cual decretó LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIEBRTAD, en contra de los precitados ciudadanos, por la pres.....