La Corte declaró SU COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que declaró parcialmente sin lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial; REVOCA la sentencia apelada y, asimismo, declaró INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley de Carrera Administrativa, aplicable rationae temporis. 01