La Corte NO ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA, efectuada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Estado Aragua en sentencia de fecha 24 de agosto de 2007, para conocer de la acción de amparo intentada. SE ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte a los fines que conozca del presente caso. 01