Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano CARLOS ANDRES CARO, titular de la cédula de identidad Nº 12.263.982 contra PRODUCTORA DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS S.A (PDVAL).
SEGUNDO: No se condena en costas, de conformidad a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
TERCERO: Notificar al Procurador General de la República sobre la presente decisión debiéndose practicar la misma vía fax de conformidad con sentencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (Sentencia de fecha 02/02/2000 con Ponencia del Magistrado JESUS EDUARDO CABRERA) y una vez notificada, comenzará a transcurrir los .....