Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 22 de Agosto de 2018, mediante la cual durante la celebración de la audiencia preliminar ADMITIÓ totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público y se ordenó EL PASE A JUICIO, al ciudadano JAN EDUARDO BARRETO TORRES, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.859.154, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el en primer aparte del articulo artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.
SE DECLARA SI.....