En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer la apelación de fecha 24 de mayo de 2007, presentada por el Abogado Guillermo Fuenmayor, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nro. 75.461, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, contra la decisión dictada por el referido Juzgado en fecha 25 de abril de 2007, que declaró Parciamente Con Lugar la querella interpuesta por la ciudadana MARTHA COROMOTO TOLEDO TORREALBA, identificada en autos, asistida de abogado, contra la CONTRALORÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, 2- SIN LUGAR la apelación interpuesta y 3- CONFIRMA, el fallo apelado.