Se dictó y publicó decisión mediante la cual esta Corte declaró; 1.- COMPETENTE a la CSCA para conocer de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos,2.- ADMITIÓ la demanda 3.- ORDENÓ la notificación de los ciudadanos FGR, PRESIDENTE IVSS, PGR, PRESIDENTE de la CNEI, DEL (IVSS);4.- ORDENÓ solicitar al PRESIDENTE de la CNEI, DEL (IVSS) A.A5.- INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para practicar las notificaciones ordenadas,6.- INSTÓ a la parte demandante que consigne copia simple legible del adverso del folio once (11).7.- ACORDÓ abrir el respectivo cuaderno separado a los fines de la tramitación en lo concerniente a la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada;8.- ORDENÓ remitir el expediente judicial a la CSCA, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la LOJCA.