En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el ciudadano REINALDO ANTONIO MIRENA CARBALLO, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 27 de Marzo de 2003, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el apelante contra LACTEOS PARAGUANA.
SEGUNDO: Se confirma en todas y cada una de sus partes la Sentencia definitiva de fecha 27 de Marzo de 2003, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas.