Este Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia, Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA AL ciudadano JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ QUINTANA, portador de la cédula de identidad personal número V. – 11.457.502, de 36 años de edad, venezolano, supervisor de obras, casado, nacido el 18-05-1973 en Maracaibo estado Zulia, Técnico en Supervisión de Obras Civiles como grado de instrucción, domiciliado en Avenida 90, casa 87-30, Sector Panamericano, La Limpia en Maracaibo estado Zulia, Frente a De Candido la Limpia, casa con cerca de ciclón, con teléfono 0424-685.08.32 y 0414-960.18.66 hijo (a) de Ricardo Rodríguez y Ana Elena Quintana y en consecuencia, se declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el Articulo 111, Numeral 7°, en concordancia con el Articulo 300 Ordinal 2.....