En fecha 15 de enero de 2014, este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual se admitió la presente demanda de nulidad ejercida conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por las abogadas Karla Peña García y Chirtina Barrios, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la sociedad mercantil Corp Banca, C.A., Banco Universal, contra la Providencia Administrativa Nº DEC-18-00080-2013, emanada de la Presidencia de Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicio (INDEPABIS). Se ordenó notificar al ciudadano Procurador General de la República, a la ciudadana Fiscal General de la República y al ciudadano Presidente del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicio (INDEPABIS), solicitándosele a este último los antecedentes administrativos del caso, finalmente se ordenó abrir cuaderno separado a los fines de tramitar la soliciud de medida cautelar de suspensión de efectos formulada.