En la acción de amparo constitucional por la prestación de servicios públicos interpuesta por los Abogados ELÍAS ANTONIO CASTRO GUERRA y MARÍA DEL CARMEN NAVAS ALVARADO, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano FRANCISCO JOSÉ VIRTUOSO ARRIETA, en su carácter de RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA ANDRÉS BELLO. Esta Corte declaró: 1.- Su INCOMPETENCIA para conocer de la referida acción; 2. DECLINÓ LA COMPETENCIA a los Juzgados de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cuya Unidad de Recepción y Distribución de Documentos se acordó remitir el presente expediente.