Auto mediante el cual se providenció el escrito contentivo de la demanda de nulidad interpuesta, por la abogada Ligia Hernández Romero, titular de la cédula de identidad Nº 2.521.290, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.420, actuando en representación propia, contra el acto administrativo contenido en la Decisión de fecha 20 de julio de 2012, dictado por la Dirección General de Procedimientos Especiales de la Dirección de Determinación de Responsabilidades de la Contraloría General de la República, que resolvió el recurso de reconsideración ejercido en fecha 18 de enero de 2012 contra la decisión de fecha 21 de diciembre de 2012, que declaró la responsabilidad administrativa de la demandante en su condición de Síndico Procurador Municipal de la Alcaldía del Municipio Julián Mellado del estado Guárico. Por error material se diarizó la presente actuación el día 15 de febrero de 2013, sin embargo, téngase como fecha de diarización 14 de febrero de 2013.