En el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Seguros Guayana C.A., contra Cencoex, esta Corte dictó auto mediante el cual solicitó a la parte actora manifieste su interés en la continuación de la causa, para lo cual se ORDENÓ a la Secretaría de este Órgano Colegiado notificar a la parte accionante acerca de lo indicado, concediéndosele un el lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir que conste en autos la notificación ordenada, con la advertencia que una vez fenecido dicho lapso sin que la parte actora haya manifestado su interés de proseguir con la presente causa, esta Instancia Judicial procederá a dictar la decisión correspondiente.