Este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano MOISÉS AMADO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.120, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana BACHUR MAMO CALMUNE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.175.236, contra la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en fecha veintinueve (29) de noviembre del año 2019, en consecuencia, se REVOCA la decisión apelada, mediante la cual declaró Improcedente la solicitud de INSPECCIÓN JUDICIAL, interpuesta por el ciudadano MOISÉS AMADO, ya identificado. Así se decide. SEGUNDO: Remítase el presente asunto al Tribunal Tercero de Municipio,.....