Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con Sede en Maiquetía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN COMPRA-VENTA, incoada por la ciudadana MÓNICA DEL VALLE RENGIFO PONTE, venezolana, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-16.564.507, contra el ciudadano, ALBERTO ENRIQUE GOYO HERNÁNDEZ, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-4.060.148, en consecuencia, SE ORDENA la protocolización del documento definitivo de compra-venta sobre el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 3-E, ubicado en la planta 3, Etapa D, del Conjunto Residencial "PARQUEMAR", Residencia La Llovizna, situado en la Avenida Principal con calle 17-A.....