En atención a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la SENTENCIA ABSOLUTORIA, dictada en la presente causa seguida al ciudadano CARLOS SEGUERÍ RUIZ, de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento 02-04- 1983, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, domiciliado en la Urb. Villas del Pilar, Sector Los Tetras, Casa N° 1074-C, Municipio Araure, Estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.715.205, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el Articulo 406 Numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano CORDERO ESCALONA LUIS JOSE, por no haberse demostrado la comisión de los delitos atribuidos, aunado a la solicitud fiscal de Sentencia Absolutoria como parte de buena .....