DISPOSITIVA.
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de Acuerdo Reparatorio entre los imputados ALVARO ANDRES HERNANDEZ ROJAS, titular de la cédula de identidad Colombiana Nº 1.013.582.170, quien dijo ser de Nacionalidad Colombiana, soltero, Natural de Bogotá, de profesión u oficio Comerciante, nacido en fecha 07-05-1986, de 21 años de edad, hijo de ANDRÉS HERNÁNDEZ (V) Y DE SANDRA ROJAS (V), residenciado en Carretera 4°, Nº 34, 19 SUR BOGOTA y JHON HAROLD GALINDO CORREDOR, titular de la Cédula de Identidad Colombiana Nº 79.705.831, de Nacionalidad Colombiana, soltero, Natural de Bogotá, de profesión u oficio Comerciante, nacido en fecha 30-11-1975, de 31 años de edad, hijo de JOSÉ YAMEL GALINDO (F) Y DE MARÍA DEL CARMEN CORREDOR (V), residenciado en Calle 19349, Bogotá, Colombia y la .....