Esta Corte declaró: 1.- SU COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de marzo de 2007 por el abogado Raúl Zamora Hernández, inscrito en el Instituto Nacional de Previsión del Abogado bajo el número 7.075, en su condición de apoderado judicial del ciudadano DOMINGO VEGAS DE ARMAS, contra la sentencia de fecha 22 de marzo de 2007, dictada por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, la cual declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el precitado ciudadano contra el CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO MIRANDA.2.- DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el aparte 18 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.3.- FIRME la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital en fecha 23 de marzo de 2007. 04