La Corte declaró SU COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que declaró Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial; declara LUGAR el recurso de apelación interpuesto; REVOCA la sentencia apelada y, asimismo, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado. Se ORDENA al MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR (hoy en día MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR), la realización del procedimiento disciplinario conforme a las disposiciones contenidas en la Ley del Estatuto de la Función Pública, período durante el cual el recurrente permanecerá suspendido en el ejercicio de sus funciones. Voto Concurente del Juez JAVIER TOMÁS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ. 01