En fecha 14/03/2012 se dicta auto media nte el cual se le da entrada a el Mandamiento de Ejecución, emanado del Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, librado en el Juicio por DESALOJO DE INMUEBLE (Local Comercial) ARRENDADO, seguido por los Abgs. FRANCISCO A. DUNO S., FRANCISCO J. DUNO S. y JULUIMAR C. DUNO S., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 111.914, 132.790 y 89.820, respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la Asociación Civil AEREO CLUB CORO, en contra de la Sociedad Mercantil DA VICENIO PASTA, C.A., representada legalmente por el Abg. EDAGR GARCÍA SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.809 y sus Apoderados Judiciales los Abogados CÁNDIDO GALICIA, FÉLIX DÍAZ GARCÍA, MANUEL URBINA y MARÍA CAROLINA GARCÍA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 20.810, 100.471, 60.195 y 113.397, respectivamente, y en el que se Decretó Ejecución de la Sentencia donde se condena a la demandada .....