DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, administrando Justicia en su nombre, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara legítima la aprehensión de la que ha sido objeto el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, conforme a lo establecido en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 236 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537 ejusdem, por lo que se califica que la aprehensión del adolescente antes mencionado, fue legitima y se realizó bajo los supuestos de las citadas normas legales y así se decreta.
Segundo: Se considera pertinente y necesario l.....