DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 256 ordinales 3 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la medida Cautelares Sustitutivas de Libertad al ciudadano JORGE LUIS NOGUERA, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha: 03/01/1968, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.611.285, estado civil: soltero, natural de Punto Fijo Estado Falcón, domiciliado en el sector Antiguo Aeropuerto, Sector 2, Vereda 45, Casa Nº 04, de Punto Estado Falcón, a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES previsto en el artículo 416 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio de la ciudadana HENMIR JOSE DIAZ NOGUERA, imponiéndose la obligación de presentarse cada quince (.....