Se dictó decisión mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado en fecha 03/06/2013 por la representación judicial de INVERSIONES TOPY TOP, C.A. de la forma siguiente; Capítulo I, se admitieron las Documentales; Capítulo II, se admitieron las pruebas de informes ordenándose oficiar a SUDEBAN y al BCV; Capítulo III, Pruebas Libres se admitieron las referidas a los numerales 1, 3 y 4; con relación a la prueba marcada 2 este Tribunal la admite instando a la parte promovente para que la consigne en formato impreso dentro del lapso de evacuación de pruebas, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.