Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Órgano Jurisdiccional podría concluir que le correspondería la competencia para conocer de la presente acción a los Juzgados de la Jurisdicción Laboral. En consecuencia, se acordó remitir el presente expediente a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, a los fines que dicte la decisión correspondiente.05