Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a los imputados: Yorvi Ortiz Russ, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.572.949, de profesión u oficio Obrero, de 36 años de edad, nacido en fecha 11-05-1973, hijo de Catalina Russ y Rafael Ortiz, y domiciliado Vía Sabacual en Guaraunos, Calle Los Teques, Casa S/N, cerca de la Posada de los Hermanos Amaya, Municipio Benítez del Estado Sucre, y Luís Daniel Marín León, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.376.854, de profesión u oficio Chofer, de 18 años de edad, nacido en fecha 10-03-1991, hijo de Carmen León y Juan Marín, y domiciliado en Río Frió, Vía Principal Guariquen, Casa S/N, frente a la Escuela, Munic.....