Se dictó decisión mediante la cual estaCSCA declaró: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ANTOINNE GEORGES BADER, titular de la cédula de identidad N° 21.445.851, asistido por el abogado Vito Arturo Michele Dalessio Mastrolonardo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 101.180, contra el JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en consecuencia NULAS todas las actuaciones realizadas por la Jueza Provisoria Vilma Carolina Sala Cafelice desde el auto de abocamiento de fecha 13 de noviembre de 2015, así como las actuaciones subsiguientes, REPONE la causa al estado en el que se encontraba para el momento en que se dictó el abocamiento de la Jueza Vilma Carolina Sala Cafelice y se ORDENA a la Jueza Vilma Carolina Sala Cafelice, cumplir con las formalidades preceptuadas en el ordenamiento jurídico, así como garantizar la continuidad de la causa