En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL, al ciudadano penado EDIXON EDUARDO JIMENEZ SALAZAR, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de la Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 24/11/1988, hijo de Edgar Jiménez (v) y de Maryori Salazar (v), y titular de la cédula de Identidad Nro. 20.006.652, residenciado en Guanare, Casa Nro. 17 al lado de la cancha la guaima, casa de color roja, estado Vargas, como Medida alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, hoy 471 y 474 ejusdem, en relación con el contenido del articulo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; quedando obligada a cumplir las condici.....