Se dictó y publicó resolución mediante la cual se proveyó en relación a lo solicitado por la Abog. SORSIRE FONSECA, en su carácter de FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO en la Audiencia de Juicio celebrada en fecha 4 de junio de 2014 de la siguiente manera: Se admite en cuanto a derecho se refiere por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, la prueba de informes solicita al SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME), Para ello se le concede al referido Servicio, para que en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la consignación del correspondiente oficio en autos, informe y remita a este Juzgado de Sustanciación de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo la información requerida.