La Corte dictó auto mediante el cual ordenó a la parte accionante que aporte una explicación más detallada de los hechos denunciados como lesivos de derechos y garantías constitucionales, así como elementos probatorios, dentro de un lapso de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de su notificación. Asimismo, se ordenó solicitar al Gerente de Ventas y Recaudación del Instituto Nacional de la Vivienda, para que en dentro de los cinco (5) días continuos a partir de su notificación remita a esta Corte copia certificada del expediente aperturado en el procedimiento de adjudicación del inmueble identificado con el Nº E-2 ubicado en la planta baja del Edificio 7, Urbanización José Manuel Cajigal, El Valle, Caracas. 04