Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1.- QUE ES INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano Juan Jakso Dioro Krecisz, debidamente asistido por el abogado Darry Rangel, actuando a título personal y en su carácter de Presidente de la compañía anónima Sucesión Paul Cía C.A., contra el Registrador Inmobiliario del Primer Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital. 2.- DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la presente acción, en el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital a quien corresponda previa distribución. 3.- ORDENA la remisión inmediata del expediente al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital en funciones de Distribuidor, a los fines legales consiguientes.