DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los ciudadanos OSWAND DEL VALLE VELASQUEZ CARABALLO, Venezolano, natural de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, casado, de 50 años de edad, de profesión u oficio obrero, Titular de la Cedula de Identidad Número V- 6.957.585, nacido en fecha 11/04/1967, hijo de Pedro Antonio Velásquez y Maria Caraballo de Velásquez y residenciado en calle calvario, casa Nº 122, cerca de la Ferretería Carabobeña, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y ELIAS JOSE GOMEZ VELASQUEZ, Venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, soltero, de 37 años de edad, de profesión u oficio vigilante, Titular de la Cedula de Identidad Número V- 14.174.794, nacido en fecha 08/02/1980, hijo de Elias Gómez y Marys .....